lunes, 10 de junio de 2019

Registro Horario Centros Concertados (acuerdo firmado)

CCOO firma el acuerdo para la aplicación del registro horario en la enseñanza concertada

El pasado 6 de junio, CCOO suscribió, junto a las patronales del sector y los sindicatos USO y UGT, el acuerdo para la aplicación del registro horario en los centros concertados. En un sector con multitud de aspectos importantes en los que el convenio no tiene una definición, o esta no es compartida (corrección de exámenes, preparación de clases, prolongación de la estancia en el centro más allá del horario habitual, tiempos libres entre clases, recreos, comedor, sesiones de evaluación, salidas, viajes de estudios, formación...), alcanzar un acuerdo no ha sido algo sencillo.

Para todas esas complejas cuestiones, CCOO impulsó en 2014 la creación de una comisión específica que avanzase en su mejor concreción, si bien no se nos permitió participar en ella al no ser firmantes del VI Convenio. Tras más de cinco años de funcionamiento de esa comisión, resulta sorprendente que el sindicato mayoritario se autoexcluya de la firma calificándola de precipitada. Visto lo ocurrido, no parece que se haya avanzado gran cosa durante todo ese tiempo.

Por eso, aceptando las limitaciones existentes derivadas de un convenio que no firmamos, CCOO ha colaborado con sus propuestas para que se pueda alcanzar un consenso sobre una cuestión que era urgente resolver, ya que desde marzo de 2019 existe la obligación legal de implementar mecanismos de registro de jornada de todas las personas trabajadoras. CCOO valora que la predisposición al diálogo y al entendimiento haya sido compartido por todas las organizaciones,y espera que se mantenga en la inmediata negociación del VII Convenio Colectivo.

De cara al nuevo curso, CCOO y sus representantes sindicales impulsarán que se determine en cada centro el cuadro horario con señalamiento de actividades lectivas y asimiladas, que se intenten pactar las actividades no lectivas y que se elabore el calendario laboral, de forma que, mejoradas y hechas públicas todas las circunstancias que tienen que ver con la jornada en cada centro, con la experiencia de la aplicación del registro horario en el primer trimestre del próximo curso,y considerando que el actual convenio finaliza su vigencia el próximo 31 de diciembre, podamos conjuntamente hacer las correcciones que sean necesarias en el debate del VII Convenio Colectivo.


lunes, 3 de junio de 2019

Registro Horario Centros Concertados

Implantación del Registro Horario en los Centros Educativos Concertados

El pasado 23 de mayo se celebró una reunión de la Mesa Negociadora para abordar un tema especialmente complejo que seguirá siendo objeto de debate en próximos encuentros. CCOO entiende que el registro de jornada es positivo para los trabajadores y trabajadoras en el control de sus derechos y, por tanto, resulta imprescindible establecer unas bases en el marco de la negociación colectiva que facilite a los centros el cumplimento de la normativa vigente.

Sin embargo, ese deseo encuentra para su materialización algunas dificultades objetivas, especialmente entre el personal docente. Queremos destacar:
  • La regulación de las horas no lectivas en términos anuales hace que mientras no parece que deba existir un especial problema para el control horario de las actividades lectivas, sí pueda haberlo en el resto del horario.
  • La problemática existente en torno al descanso y al recreo. Colateralmente la posible vigilancia del comedor.
  • El tiempo de trabajo en casa sobre el que existe una total ausencia de definición en el convenio.
  • El control horario sobre las actividades realizadas fuera del centro y su asimilación: visitas escolares, viajes de estudios, formación externa,...

En base a lo anterior, la Federación de Enseñanza de CCOO considera imprescindible:

  • Exigir la elaboración del calendario laboral a principios de curso que recoja los horarios de trabajo de todo el personal y permita avanzar en la determinación del cuadro horario de cada docente con señalamiento de sus actividades lectivas, no lectivas y asimiladas.
  • Concretar los criterios para la distribución de las actividades no lectivas.
  • Establecer mecanismos de registro del trabajo realizado con soporte informático fuera del centro de trabajo, así como el de las salidas con alumnado, tanto con pernocta como sin ella.
  • Garantizar el acceso de los/as representantes sindicales al control horario y establecer las indicaciones necesarias que salvaguarden la Protección de Datos y el derecho a la intimidad.

Desde CCOO defendemos la idea de que todo el trabajo realizado debe ser registrado, sin excepción. No aceptamos la visión patronal de que el trabajo en casa a través de plataformas digitales es meramente voluntario. Existe una presión de las direcciones de los centros para atender a alumnado y familias fuera del horario estrictamente laboral y creemos que la aplicación de la nueva normativa ofrece una magnífica oportunidad para empezar a poner límites a la dedicación de tiempo familiar y personal en cuestiones de trabajo.