VII Convenio Colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos
Este 27 de septiembre se ha publicado en el BOE el VII Convenio Colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos. El convenio, firmado por CCOO el pasado 21 de junio, recoge algunas de nuestras reivindicaciones, así como los acuerdos sobre registro de la jornada y salidas que suscribimos en su momento. Cabe destacar los siguientes aspectos:
- Recuperación de la ultraactividad.
- Excedencia por víctimas de violencia de género.
- Reducción de la jornada laboral del PAS.
- Personal docente.
En el caso de acceso a puesto público, cuando el personal docente acceda a puesto de interino, el plazo de preaviso del personal docente quedará establecido en 15 días en vez de los 30 días actuales.
En el caso de acceso a la función pública, se mantienen los 7 días de preaviso.
- Mejora en los permisos retribuidos.
En el caso del permiso por hospitalización podrá iniciarse mientras dure el hecho causante. Una vez iniciado el permiso los días de disfrute serán continuados.
Se crea una bolsa de un máximo de 20 horas anuales para:
- Asistencia a consultas médicas del propio trabajador, de los hijos menores de edad, del cónyuge, de padres y familiares hasta el primer grado de consanguinidad o afinidad que no pueden valerse por sí mismos.
- Asistencia a tutorías de hijos menores, hasta un máximo de 10 horas anuales con cargo a la bolsa de 20 horas antes señalada.
En los supuestos de fallecimiento, hospitalización e intervención quirúrgica sin hospitalización, se establece lo siguiente:
- Si el hecho causante se produce en día festivo, el disfrute del permiso comenzará a contar el primer día laborable.
- Si el hecho causante que origina el derecho al permiso se produce cuando el trabajador hubiera completado el 70% de la jornada, y solicita el permiso el mismo día, este contará desde el día siguiente.
- Si iniciado el permiso se incluye algún día del fin de semana considerado no laborable para el trabajador, no se tendrá en cuenta en el cómputo.
- Incrementos salariales.
Asimismo, el nuevo Convenio Colectivo establece, en su disposición transitoria cuarta, que los firmantes del Convenio se comprometen a constituir una comisión técnica de trabajo, dentro del primer mes desde su publicación, en la que se abordarán cuestiones relevantes que quedaron pendientes durante la negociación, tales como la jornada de trabajo del personal docente o la clasificación profesional.
CCOO solicitará de manera inmediata la constitución de dicha comisión y planteará en ella las propuestas recogidas en nuestra plataforma reivindicativa acerca de las cuestiones a tratar.