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martes, 12 de diciembre de 2017

Ocio Educativo y Animación Sociocultural

CCOO no avalará renuncias en el Convenio Colectivo


El pasado 28 de noviembre tuvo lugar la primera reunión negociadora del III Convenio Colectivo de Ocio Educativo y Animación Sociocultural, tras la constitución de la Mesa, que se había realizado unas semanas antes.

En un contexto económico de recuperación de los datos macroeconómicos, las trabajadoras y trabajadores del sector merecen que el esfuerzo que realizaron durante los años de crisis económica empiece a ser compensado en el convenio que recientemente se ha empezado a negociar.

La precarización del trabajo se ha instalado en un sector en el que la parcialización de la jornada laboral y los bajos salarios han acabado normalizándose. Sin embargo, desde CCOO, como sindicato más representativo del sector, no estamos dispuestos a aceptar esta situación y por ello centraremos nuestros esfuerzos en mejorar las actuales condiciones laborales, de manera que permitan diginificar las tareas que vienen desarrollando miles y miles de profesionales del sector.

La mejora de la jornada de trabajo y la recuperación del poder adquisitivo marcarán nuestras líneas de actuación. En esa reunión, CCOO manifestó los puntos prioritarios en la negociación, dando traslado, en líneas generales, de las siguientes materias a abordar:

  • Subidas salariales con recuperación del IPC.
  • Creación del plus de transporte y plus de permanencia.
  • Jornada laboral con disminución de horas en jornadas completas y compensación para las jornadas parciales.
  • Mejoras en materia de permisos y conciliación.
  • Estudio y modificación en los grupos profesionales.

Las patronales únicamente manifestaron su intención de incluir en convenio una inaplicación salarial para aquellas trabajadoras y trabajadores sujetos a pliegos vigentes a la firma del convenio y por los años que así continuaran.

La respuesta no se hizo esperar: CCOO NO avalará con su firma renuncias de esa magnitud.

lunes, 17 de julio de 2017

¿Eres monitora o monitor de tiempo libre?

¿Estás seguro de que estás en la categoría laboral que te corresponde? ¿Sabes cuál debe ser tu sueldo y cuánto debes cobrar cuando trabajas en festivo o por la noche? ¿Crees que estás trabajando más horas de las que debes? 

Porque para ti el ocio es una cosa muy seria, descárgate nuestro folleto informativo y resuelve todas tus dudas.

Te respondemos a las siguientes preguntas:

→ ¿Categoría profesional de nivel inferior?

→ ¿Responsabilidades que no te corresponden?

→ ¿Sueldos precarios?

→ ¿Jornadas interminables de trabajo?



miércoles, 3 de junio de 2015

Riesgos laborales en el sector de ocio educativo y animación sociocultural

Participa en nuestra encuesta sobre riesgos laborales en el sector de ocio educativo y animación sociocultural

[clic en la imagen para ampliar]
Nos importan los/las profesionales del sector de ocio y animación, por eso estamos desarrollando un  estudio de diagnóstico preventivo y de buenas prácticas ergonómicas, con especial atención a las mujeres trabajadoras de este ámbito.

Los resultados se recopilarán en una guía y serán hechos públicos en una jornada de presentación. Además, se creará un vídeo resumen de esta jornada, junto con una web y dos aplicaciones móviles donde se recopilará la información preventiva relativa al sector.

Para valorar este los riesgos laborales de este sector, hemos elaborado un cuestionario on-line. Confirma que formas parte del colectivo al que va dirigida la encuesta y, en caso afirmativo, contesta a nuestras preguntas pinchando en el siguiente link: 

El colectivo de trabajadores/as y tipos de centro a quienes que va dirigida la encuesta son:
  • TIPO DE CENTRO
  • Centro propio. Centro de titularidad de la entidad en la que desarrollas tu actividad (ej. oficinas de la entidad o empresa).
  • Centro público. Centro de titularidad pública en el que prestas tus servicios (ej. centro escolar, comedor, etc.).
  • Centro público de gestión indirecta. Centro de titularidad pública gestionado por otras entidades privadas.
  • Centro privado de gestión indirecta. Centro de titularidad privada gestionado por entidades privadas. 
  • PUESTOS DE TRABAJO
  • Coordinador/a de actividades y proyectos de centro.
  • Monitor/a de ocio educativo.
  • Animador/a sociocultural.
  • Experto en talleres o tallerista.
  • Controlador/a de salas.
  • Técnico/a de información.
  • Titulado/a de grado.
El número de cuestionarios recopilados es determinante a la hora de lograr unas conclusiones realistas y representativas del sector, por lo que, si eres trabajadora o trabajador de los puestos mencionados, te invitamos a colaborar.

Los materiales finales serán distribuidos y difundidos entre las/os trabajadoras/es del sector.

Tu colaboración cuenta para mejorar tus condiciones de trabajo.

miércoles, 27 de mayo de 2015

Firmado el II Convenio Estatal de Ocio Educativo y Animación Sociocultural

CCOO firma el II Convenio Colectivo Marco Estatal de Ocio Educativo y Animación Sociocultural que también ha sido ratificado por las tres patronales del sector (FOESC, ANESOC Y AEEISSS) y por el sindicato FSP-UGT

Firma del Convenio  Marco Estatal
Se consigue una mejora de la masa salarial para todos los trabajadores y todas las trabajadoras del  sector, que obtendrán subidas durante los tres años de vigencia del convenio, consolidando más del 1,5% para 2016. Incluye una cláusula de ultractividad que garantiza el mantenimiento de todo su articulado hasta la firma del siguiente.

A la Comisión Paritaria se le dota de funciones de vigilancia y cumplimiento del convenio con la creación de una mesa técnica que velará por su aplicación y creará un catálogo de actividades con el objetivo de que todas las trabajadoras y trabajadores conozcan todas las funciones y tareas que desarrolla este convenio marco.

El texto final contiene mejoras en materia de sucesión de empresas y subrogación de trabajadores que supone una garantía de mantenimiento de las condiciones laborales adquiridas por las trabajadoras y trabajadores del sector. La comisión paritaria realizará un seguimiento exhaustivo de las subrogaciones, vigilando que estas no supongan un perjuicio para el trabajador o trabajadora.

Además, se consiguen mejoras en materia de planes de igualdad y protección a las víctimas de violencia de género y de acoso laboral.

La reconversión de categorías a grupos profesionales ha supuesto la creación de nuevos puestos de trabajo con funciones más específicas, blindando la movilidad funcional dentro de los grupos. El convenio contiene una tabla de reconversión de puestos con el objetivo de aclarar dichos cambios.

Con la firma de este convenio CCOO pretende seguir regulando un sector que hasta la firma del I Convenio no tenía un marco de referencia propio. Nuestro objetivo es seguir trabajando por y para las trabajadoras y trabajadores el sector, consiguiendo mejoras y aumentando su implantación en todo el Estado.

lunes, 10 de marzo de 2014

Se confirma la gravedad para las empresas de nuestro sector por las nuevas cotizaciones sociales

Un informe elaborado por CCOO y la carta del propio Ministro Wert confirman la gravedad que implica aplicar las nuevas cotizaciones sociales en las empresas de nuestros sectores

[clic en la imagen para ampliar]
Ya desde el mismo mes de enero todos los sindicatos, junto a la patronal, del sector de enseñanza Privada y de Concertada suscribimos una demanda de protesta en la que decíamos:  "La nueva redacción del Artículo 109 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado recientemente por el Gobierno, ahogará a las empresas y trabajadores de todos los sectores de la enseñanza Privada y Concertada" [BLOG]. A esa primera protesta han seguido otras similares en el resto de los sectores (actividades Socioeducativas, Menores, Autoescuelas, atención a la Discapacidad, etc) porque están en idéntica situación, ya que esta reforma supone un perjuicio económico y social desproporcionado que compromete la viabilidad de las empresas y la de los puestos de trabajo.

El propio Ministro Wert en su carta de respuesta a los sindicatos señala "entiendo y coincido plenamente en que la adopción de esta medida afecta muy seriamente al  sistema educativo español, en especial al sector de la enseñanza privada y concertada y así se lo he trasladado al Ministerio de Empleo y Seguridad Social" [1_página PDF]. Afección que confirma plenamente un informe elaborado por CCOO y que señala que este nuevo sistema de cotización sobre otros conceptos en aplicación de la reforma del Artículo 109 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) "no afecta a la existencia de conceptos ya incluidos en convenios colectivos, si bien tiene impacto en su coste, al verse afectados a partir de la entrada en vigor, el 22 de diciembre pasado, por la obligación de cotizar, lo que incrementa el coste para la empresa (en torno a un 31%), reduce la cuantía líquida a percibir por los trabajadores, (en torno al 7%) y mejora, lógicamente la base de cotización de estos, con impacto positivo sobre las prestaciones de desempleo y pensiones futuras."

[Primera página del Informe de CCOO]
El informe de CCOO ha sido elaborado bajo la dirección de Carlos Bravo Fernández y Ramón Górriz Vitalla, Secretarios Confederales de  Protección Social y de Acción Sindical respectivamente, y ya se ha remitido a todos/as los/as responsables de acción sindical para que puedan asesorar a nuestra afiliación y representación en Comités de Empresa ante los problemas de interpretación derivados de esta reforma.

En el informe se establece con claridad  cuál es la posición de Comisiones Obreras ante la reforma aprobada por el Gobierno, al tiempo que se pone especial atención en establecer una serie de orientaciones sindicales básicas que deben tenerse en cuenta en cualquier proceso de negociación colectiva que haya podido verse afectado por la reforma. También explica con la máxima claridad posible el contenido material de la reforma y, en concreto, la mecánica de cotización de los principales conceptos retributivos que se dan en la práctica cotidiana de las empresas y los centros de trabajo.

Este informe se ha elaborado a partir de las consultas realizadas por las Secretarías Confederales de protección social y acción sindical a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) en base a la posición verbal expresada por dicha administración respecto de determinados conceptos retributivos, si bien en no todos ellos queda fijada una posición definitiva. De hecho, la administración ha ampliado el plazo en el que las empresas pueden regularizar la cotización de estos conceptos hasta el 31 de mayo de 2014.

[otra parte del Informe]
En cualquier caso, y para garantizar la seguridad jurídica de cualquier actuación CCOO  ha remitido a la TGSS consulta escrita sobre los conceptos que aún no han quedado debidamente aclarados para que todas las estructuras del sindicato puedan tener una posición formal y escrita de la administración sobre todos ellos, y que se remitirá como adjunto al Informe en cuanto se disponga de dichas respuestas.

La reforma del artículo 109 de la Ley General de la Seguridad Social: El 20 de diciembre de 2013 el Gobierno aprobó el Real Decreto-Ley 16/2013 que si bien estaba dedicado a modificar la regulación del trabajo a tiempo parcial, también incluía una modificación del artículo 109 de la Ley General de la Seguridad Social, en lo referido a los conceptos que deben computarse para establecer la base de cotización de los trabajadores afiliados al Régimen General.

Esta modificación de los conceptos a considerar en la base de cotización ha sido adoptada de manera unilateral por el Gobierno sin haber sido anunciada previamente a los agentes sociales y, por lo tanto, sin que se haya producido sobre su contenido ningún proceso de diálogo ni negociación.

La reforma no afecta a la existencia de conceptos ya incluidos en convenios colectivos, si bien tiene impacto en su coste, al verse afectados a partir de la entrada en vigor, el 22 de diciembre pasado, por la obligación de cotizar, lo que incrementa el coste para la empresa (en torno a un 31%), reduce la cuantía líquida a percibir por los trabajadores, (en torno al 7%) y mejora, lógicamente la base de cotización de estos, con impacto positivo sobre las prestaciones de desempleo y pensiones futuras.



lunes, 10 de febrero de 2014

Ocio educativo y animación sociocultural: Tablas salariales 2013

El pasado 7 de febrero se publicaron en el BOE las Tablas salariales para 2013 correspondientes al I Convenio colectivo marco estatal de ocio educativo y animación sociocultural

Las Tablas salariales publicadas responden al acuerdo alcanzado el día 18 de diciembre de 2013, en el marco del I Convenio colectivo marco estatal de ocio educativo y animación sociocultural (código de convenio n.º 99100055012011) en la reunión celebrada entre las organizaciones empresariales FOESC, AEEISSS y ANESOC y los sindicatos FE-CCOO y FSP-UGT en representación de los trabajadores.

viernes, 7 de febrero de 2014

Prevenir riesgos ergonómicos: sector ocio educativo y animación sociocultural

CCOO presenta una guía para prevenir los riesgos ergonómicos en el sector del ocio educativo y animación socioculturales

Julio 2013: información sobre el Estudio
Recientemente CCOO ha presentado públicamente una guía para prevenir los riesgos ergonómicos en el sector del ocio educativo y animación socioculturales. La guía, que estará disponible en papel y podrá descargase también en formato pdf, recoge las principales conclusiones del estudio realizado por la Federación de Enseñanza de CCOO durante el pasado mes de julio [BLOG] y persigue la mejora de las condiciones de trabajo del colectivo de profesionales del sector del ocio educativo y animación sociocultural.

Según ese Estudio, el 84% de los trabajadores y trabajadoras se quejan de molestias relacionadas con determinadas posturas y esfuerzos en su puesto de trabajo. Estas lesiones producen sufrimiento a las personas afectadas, pero también disminución de la capacidad productiva y, como consecuencia de esto, reducciones salariales en caso de bajas laborales. Para las empresas, suponen disfunciones en su actividad y, en último término, pérdidas económicas.

En el sector del ocio educativo y animación sociocultural los estudios sobre los riesgos ergonómicos son escasos. La información específica disponible es limitada y, además, la inversión en salud laboral por parte de las empresas se ha reducido en los últimos años de crisis económica.

Presentación pública de la Guía 
En este contexto, la Federación de Enseñanza de CCOO, en colaboración con el Instituto de Trabajo, Ambiente y Salud (ISTAS) [WEB], ha elaborado una  guía impresa que podrá descargarse, asimismo, en formato pdf. Esta guía facilitará un instrumento preventivo fundamental al colectivo de profesionales englobados en este sector, entre los que se encuentran educadores, monitores, coordinadores, personal de administración y demás profesionales de actividades complementarias a la educación formal.

El estudio ha puesto de manifiesto que los puestos de trabajo de monitor/a de ocio educativo, fundamentalmente de aula matinal, comedor escolar y colonias y campamentos, son los que sufren un mayor riesgo ergonómico y perciben las exigencias físicas de su trabajo como más altas. Los profesionales de coordinación de actividades y proyectos y el colectivo de titulados de Grado tampoco quedan exentos de problemas ergonómicos comunes.

viernes, 5 de julio de 2013

Los riesgos ergonómicos en el sector del ocio educativo y animación sociocultural




CCOO está colaborando en un estudio sobre riesgos ergonómicos de los/as trabajadores/as en el sector del ocio educativo y la animación sociocultural

La elaboración de este estudio se compone de un diseño de contenidos y metodología de desarrollo concreta y previamente establecida. Con todo ello para su desarrollo se van a realizar determinadas actividades tanto desde el punto de vista documental como de trabajo de campo (encuestas, entrevistas, grupos de discusión, foros de expertos y visitas a centros de trabajo).

La iniciativa de este proyecto fue de la Federación de Enseñanza de CCOO con FETE-UGT y esta financiado por la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales. Además, también colaboran  la Asociación Española de Empresas de Iniciativa y Servicios Sociales (AEEISSS),  la Federación Estatal de Organizaciones Empresariales de Ocio Educativo y Sociocultural (FOESC),  la Asociación Nacional de Centros de Animación, Enseñanza y Formación Sociocultural (ANESOC).

¿En qué consiste la solicitud de colaboración que planteamos?

Solicitamos tu colaboración y para facilitarlo, hemos diseñado el cuestionario “ON LINE”, al que se puede acceder a través del siguiente enlace:


La colaboración de todos/as los/as trabajadores/as del sector de Ocio Educativo y Animación Sociocultural contribuirá a obtener los mejores resultados, así como al óptimo desarrollo de este estudio y con ello a las propuestas de mejora de las condiciones de trabajo, ya que una vez analizadas las respuestas, elaboraremos un manual con las conclusiones y las medidas preventivas necesarias para mitigar o eliminar los riesgos detectados.