martes, 16 de abril de 2013

La Ley ampara la Paga Extraordinaria de Antigüedad, según el Ministerio

El pasado día 8 de abril se celebró la reunión en el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte fruto de la iniciativa que CCOO había propuesto ya desde la mesa de negociación del VI Convenio del día 5 de marzo.

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En la siguiente mesa de negociación, del día 14 de marzo, CCOO volvió a insistir en la petición colectiva de una reunión con carácter de urgencia de la Mesa de Enseñanza Concertada al Ministerio  para tratar de los actuales límites derivados de la LOE. Y en esta misma reunión se firmo dicha solicitud. Para CCOO esta reunión tenía una gran importancia, reflejada con la asistencia a la reunión de nuestro Secretario General, Francisco García, puesto que constantemente hemos reiterado que, sin ser los únicos puntos a tratar, no se ha de tocar el articulado actual sobre la Paga Extraordinaria de Antigüedad (PEA) ni la Incapacidad Temporal (IT).

La reunión se desarrolla con intervenciones de las patronales y sindicatos mayoritarios sobre la PEA y la IT exponiendo las dificultades que supone la aplicación de la Ley para el desarrollo de VI Convenio Colectivo.

Desde CCOO mencionamos que actualmente son cuestiones que se están pagando y que hay más puntos además de la PEA y la IT. Por lo que, además, proponemos la posibilidad de crear una mesa técnica para reflejar todos los detalles y mantener reuniones permanentes y con carácter de urgencia para tratar soluciones tanto en la Ley educativa (CCOO ya había planteado propuestas de modificación del actual artículo 117 de la LOE) como en el Reglamento de Conciertos.

En su intervención el Ministerio afirma que el art. 117 dice claramente a que se refiere y por tanto La Ley si que ampara el pago de la paga extraordinaria de antigüedad. Que en todo caso el problema está en su aplicación.

Propone pedir el concurso de los servicios jurídicos para saber si esa situación exige alguna modificación para hacer una mayor claridad sobre la obligatoriedad. Y evaluar como poder trabajarlo en la aplicación de las resoluciones del estado.

Además traslada que el condicionamiento sobre las comunidades autónomas “no es tan fácil”, porque no es una actuación jerárquica, excepto para crear marcos de regulación. Es decir, pueden establecer las reglas normativas pero la aplicación ultima corresponden a las administraciones de la comunidades. No obstante también se compromete a Llamar a unas buenas prácticas de gestión de las  administraciones autonómicas.

El Ministerio nos solicita que les traslademos las consultas por escritor y se compromete a, con carácter de urgencia:

1º Elaborar informe donde quede clara la posición de a administración con una interpretación jurídica.

2º Este informe puede permitir conocer la situación y hacer una valoración.

3º Realizar una comisión de personal con acta pública para trasladar a las comunidades autónomas dicho informe.

De este modo, se confirma lo que veníamos advirtiendo desde CCOO y este informe condiciona claramente la definición final del texto definitivo del VI Convenio, confirmándonos que no deberían seguir adelante ninguna las actuales propuestas al respecto.

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