jueves, 29 de agosto de 2013

El nuevo sistema de becas es injusto

Las críticas lanzadas por el Consejo de Estado contra el nuevo sistema de becas coinciden con los argumentos defendidos por CCOO

En su dictamen sobre el nuevo sistema de becas y ayudas al alumnado, el Consejo de Estado ha subrayado que este debe asegurar que los/as alumnos/as que carecen de medios económicos puedan estudiar de igual forma que el resto, sin tener que exigirles mayor nivel de rendimiento. El dictamen coincide así, entre otros, con uno de los argumentos básicos que CCOO esgrimió en su momento para posicionarse en contra del borrador de la norma y que ha sido ampliamente suscrito por la inmensa mayoría de la comunidad educativa.

El Consejo de Estado, con una clara postura que rebate la perversa e interesada vinculación que se ha hecho entre el alumnado “vago” y el derecho a las becas, recuerda  que es un error pensar que a los estudiantes les es indiferente el resultado de los estudios y que, en el transcurso de los mismos, el propio sistema educativo ya impone exigencias académicas que acaban determinando su continuidad.

Por otra parte, el dictamen hace evidente también la falta rigor del Ministerio al elaborar el borrador sin haber previsto una memoria de impacto capaz de evaluar las consecuencias que podrían concurrir de aplicarse los nuevos requisitos académicos. Coincidiendo también con la primera valoración de CCOO, para el Consejo es fundamental que se evalúe el impacto social de la norma ya que, a día de hoy, no se sabe con exactitud “ni cuántos, ni qué tipo de alumnos pasarán a obtener, o perderán, becas, y los efectos de ello, lo que puede ser trascendente y no necesariamente justo”.

El Consejo recuerda al Ministerio que no es la primera vez que le advierte de lo fundamental que es que cualquier medida que se adopte en esta materia este precedida de un estudio que valore sus consecuencias. Por ello es imprescindible que el Observatorio de Becas y Ayudas al Estudio presidido por el ministro Wert cumpla con sus funciones.

Tras la primera oleada de críticas al borrador, que ya recibió una dura contestación social, el Ministerio decidió “relajar” el requisito académico rebajando el listón de la nota para acceder a algunas de las ayudas, aunque resultó, en realidad, una modificación muy poco significativa que no va a afectar a la mayoría de estudiantes que las solicitan.

Para CCOO, con este ya son varios los dictámenes que valoran negativamente y con contundentes argumentos las previsiones contenidas en proyectos de enorme trascendencia para el sistema educativo en su conjunto. A pesar de ello, el Ministerio pretende que esta perversa política de becas y ayudas que ya ha dejado fuera del sistema a miles de estudiantes, lamentablemente, se consolide en la educación española lesionando de forma inaceptable la igualdad de oportunidades, que es el objetivo último de las ayudas y dificultando -si cabe- aun más la situación de la juventud en España, con un coste social irreversible para el país en su conjunto.

Esta norma supone un nuevo ataque frontal al derecho a la educación, degradado una y otra vez de forma vergonzante en cada uno de los proyectos que conocemos de este Ministerio y que requiere la máxima repulsa y respuesta social.  Por lo que desde CCOO emplazamos a toda la comunidad educativa para que se sume activamente a las protestas contra las Reformas de Wert.

viernes, 9 de agosto de 2013

Un acuerdo con los sindicatos mejora las pensiones de los/as trabajadores/as a tiempo parcial

Gracias a un acuerdo de los sindicatos con la patronal y el Gobierno, más de 2,5 millones de trabajadores se beneficiarán de la mejora de las condiciones de la jubilación a tiempo parcial

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El Acuerdo rebaja los requisitos de acceso a la pensión de jubilación, mantiene los derechos que se tenían con la legislación anterior, y posibilita el acceso a los complementos a mínimos de todos los trabajadores y trabajadoras a tiempo parcial y fijos-discontinuos en términos de igualdad con los trabajadores a tiempo completo

El Acuerdo responde a los criterios de igualdad y no discriminación que estableció la Sentencia del Tribunal Constitucional el pasado mes de marzo y por la que se declaraba nula la regulación anterior en materia de cotización de los trabajadores a tiempo parcial. La nueva norma, acordada ahora establece una nueva regulación que, en la práctica, supondrá una mejora de los derechos sociales para los más de 2,5 millones de trabajadores con este tipo de contratos y sus efectos serán especialmente significativos entre las mujeres (colectivo mayoritario en este tipo de contrato), facilitando su acceso a la pensión de jubilación. La nueva regulación facilita el reconocimiento de nuevos derechos para un número creciente de personas, al tiempo que mantiene los derechos y la expectativa de pensión que posibilitaba la norma anterior a este colectivo.

La nueva normativa permite el acceso a la pensión de jubilación con menos requisitos de cotización que antes. Ahora bastarán con 15 años en alta, con independencia del porcentaje de jornada que se tenga, para reunir el periodo de carencia que da derecho a la pensión de jubilación, mientras que antes era necesario el equivalente a 15 años trabajados a jornada completa, lo que implicaba cotizar durante muchos más años a jornada parcial para cumplirlo.

Igualmente, para las pensiones de jubilación en incapacidad permanente, la nueva normativa mantiene el coeficiente multiplicador del 1,5 por cada día cotizado a tiempo parcial o como fijo discontinuo, lo que ayuda a completar las carreras de cotización de estos trabajadores, haciendo que cada día cotizado compute como un día y medio. Hay que recordar que este coeficiente multiplicador se incorporó a la legislación de Seguridad Social en 1998 con la participación de las organizaciones sindicales.

Finalmente, también hay que destacar que los trabajadores a tiempo parcial y fijos-discontinuos tendrán garantizado el acceso a los complementos a mínimos en sus pensiones en los mismos términos que el resto de los trabajadores a tiempo completo, con lo que se garantiza que las pensiones generadas con estas modalidades de contratación tendrán el mismo nivel de garantía de mínimos que las generadas por el resto de trabajadores.

martes, 30 de julio de 2013

Educación Infantil: Firmada la Revisión Salarial años 2012 y 2103

Después de mucho esfuerzo se ha firmado la Revisión Salarial de los años 2012 y 2013 para los Centros de Educación Infantil

El pasado miércoles 18 de julio de 2013 la Federación de Enseñanza de CCOO firmó las tablas salariales de 2012 y 2013 del XI Convenio Colectivo de Centros de Asistencia y Educación Infantil correspondientes al anexo II y al anexo II bis de Educación Infantil que abarcan la amplia mayoría de los centros. El acuerdo de mantenimiento salarial también ha sido suscrito por los sindicatos FETE-UGT, USO y FSIE y las patronales ACADE, CECE, CECEI, EyG Y FCIC:

Las partes firmantes teniendo en cuenta la situación de extrema crisis que atraviesa el sector, han aceptado los siguientes acuerdos:

• Se acuerda el mantenimiento salarial para los años 2012 y 2013. Las tablas salariales son las contempladas en el anexo II y en el anexo II bis. 

• Para los trabajadores de los Centros de Obras Sociales, propias de carácter docente sin fines lucrativos y Cajas de Ahorros, así como, para los maestros de las Unidades Concertadas de Educación Infantil (2º Ciclo) correspondientes al anexo III, se establecerá un periodo de negociación para la revisión salarial que comenzará con fecha miércoles, 2 de octubre.

• Las partes se comprometen a negociar antes del 8 de noviembre nuevas soluciones dentro de este Convenio, que contribuyan a mejorar la situación del sector y ayudar al mantenimiento de los puestos de trabajo. En este sentido CCOO ya había propuesto anteriormente desarrollar un acuerdo para la sostenibilidad del empleo en el sector.

• También se comprometen a reunirse de forma monográfica para estudiar un plan de acción contra aquellos centros que están realizando una competencia desleal a los centros recogidos en el ámbito funcional del presente convenio.

Desde CCOO consideramos que dadas las circunstancias el mantenimiento salarial es la medida más aceptable de las propuestas presentadas garantizando de esta forma las tablas salariales para 2012 y 2013 y posibilitando en mantenimiento del empleo, teniendo en cuenta además que el ámbito temporal del XI Convenio Colectivo de Centros de Asistencia y Educación Infantil es hasta el 31 diciembre de 2013.

jueves, 25 de julio de 2013

Firmado el XXII Convenio nacional de autoescuelas

Tras llegar a un acuerdo sobre la necesidad de compensar la actividad laboral durante los fines de semana finalmente se ha firmado el XXII Convenio Nacional de Autoescuelas

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En la última reunión de negociación del XXII Convenio Nacional de Autoescuelas, tras analizar el texto del preacuerdo e incluir en el articulado los contenidos que se habían estado trabajado, se procedió a la firma del convenio para su posterior registro en la Dirección General de Trabajo. Tras lo que será publicado en el Boletín Oficial.

La principal cuestión planteada por las Patronales era la necesidad de ampliar su actividad en los   fines de semana para ofrecer una mejora de atención a los alumnos frente a la caída de ingresos durante el último año. Por nuestra parte proponíamos que si esta situación se producía debía ser compensada, alternativa de compensación que finalmente ha sido aceptada.


Además, a la firma del convenio se han introducido las siguientes modificaciones:
  • Garantizar un ámbito Temporal hasta 31 de diciembre de 2014.
  • Adaptación de la Clasificación Profesional a Grupos Profesionales.
  • Garantizar un período de negociación para el próximo convenio de hasta 24 meses.
  • Adaptación a la legislación vigente a lo largo del articulado.
  • Garantizar hasta un 10% de la jornada anual de flexibilidad a disposición del empresario y un 5% de la jornada anual de flexibilidad a disposición del trabajador. 
  • Regular el trabajo en sábados y domingos a cargo del 10% de jornada flexible con compensaciones (en el supuesto de que se trabaje un sábado o un domingo se compensará con 2 días laborables de descanso al trabajador por cada sábado o cada domingo, en el supuesto de que se trabaje los sábados y los domingos contiguos se compensarán con 3 días laborables de descanso).
  • Mantenimiento Salarial.