viernes, 26 de enero de 2018

Atención a personas con discapacidad. Negociación XV Convenio Colectivo

Las negociaciones se estancan ante el inmovilismo patronal


El pasado 28 de marzo quedó constituida la Mesa Negociadora del XV Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad. Transcurridos más de 9 meses, la actitud inmovilista de las patronales ha impedido realizar avances significativos en la negociación. Desde la primera reunión CCOO y FeSP-UGT hemos manifestado nuestra más firme intención de avanzar rápidamente en este proceso y en consonancia con este planteamiento, hemos ido realizando propuestas concretas sobre los temas que se han ido tratando. Pero la falta de respuesta patronal ha impedido que se materialicen.

En la sesión de este 24 de enero hemos vuelto a plantear propuestas concretas en materia de retribuciones, jornada, vacaciones y permisos retribuidos. Entre las más significativas encontramos:

  • Reducción de la jornada semanal a 37,5 horas, tanto para los centros de atención especializada, como para los centros especiales de empleo.
  • Adecuación de la jornada anual a la semanal.
  • Un mes de vacaciones, preferentemente en verano, que en ningún caso podrán ser compensadas económicamente. De los 30 días de vacaciones, 15 podrán ser elegidos por el trabajador.
  • Las vacaciones deberán ser notificadas con un mínimo de dos meses de antelación.
  • Cuando el periodo de vacaciones coincida con una situación de incapacidad temporal, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones aunque haya finalizado el año natural a que correspondan.
  • Seis días de asuntos propios.
  • Mejoras en los permisos retribuidos incorporando uno nuevo por asistencia al médico. Igualmente para acompañar a un menor de doce años o familiar con dependencia a su cargo.
  • Incrementos salariales para 2017 y 201, por encima del IPC. Es el momento de pactar retribuciones que permitan recuperar el poder adquisitivo perdido en los últimos años.
  • Ninguna categoría profesional percibirá un salario base por debajo del Salario Mínimo Interprofesional. Limitar los efectos de los Reales Decretos que permiten computar los complementos personales en las retribuciones anuales a la hora de determinar si se está o no por debajo del SMI.

CCOO y FeSP-UGT siempre hemos apostado en el sector por la negociación como al alternativa más práctica en la resolución del conflicto de intereses. Pero si las patronales continúan con su NO a todo; si no valoran el esfuerzo considerable realizado por los trabajadores y trabajadoras en los últimos años; si continúan ninguneando a los y las profesionales del sector, entonces la vía para resolver las diferencias pasará a tener otra dimensión.

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